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1. Según el Decreto del Presidente de Ucrania № 1131/2005 del 26 de
julio de 2005 sobre el establecimiento del régimen de libre visado para
los ciudadanos de los países de la Unión Europea, Suiza y Principado
de Liechtenstein,
a partir del 1 de septiembre de 2005 los nacionales de los países
arriba citados pueden viajar a Ucrania y permanecer en su territorio
durante el período que no supera 90 días sin visado
(el único documento imprescindible – el pasaporte en vigor).
2. Según el Decreto del Presidente de Ucrania №1008 del 30 de junio
de 2005 sobre el establecimiento del régimen de libre visado para
los ciudadanos de los Estados Unidos de América,
a partir del 1 de julio de 2005 los nacionales estadounidenses
pueden viajar a Ucrania y permanecer en su territorio durante el
período que no supera 90 días sin visado (el único
documento imprescindible – el pasaporte en vigor).
3. Según el Decreto del Presidente de Ucrania №1107/2005 del 19 de
julio de 2005 sobre el establecimiento del régimen de libre visado para
los ciudadanos de Japón,
a partir del 1 de agosto de 2005 los nacionales japoneses pueden
viajar a Ucrania y permanecer en su territorio durante el período
que no supera 90 días sin visado (el único documento
imprescindible – el pasaporte en vigor).
4. Según el Decreto del Presidente de Ucrania № 1134/2005 del 26 de
julio de 2005 sobre el establecimiento del régimen de libre visado para
los ciudadanos de Canadá,
a partir del 1 de agosto de 2005 los nacionales canadienses pueden
viajar a Ucrania y permanecer en su territorio durante el período
que no supera 90 días sin visado (lo único documento
imprescindible – el pasaporte en vigor).
5. Según el Decreto del Presidente de Ucrania №1663/2005 del 29 de
noviembre de 2005 sobre el establecimiento del régimen de
libre visado para los ciudadanos del Principado de Andorra, Santa
Sede, República de Islandia, Principado de Mónaco, Reino de Noruega
y República de San Marino, a partir del 1 de enero de 2006 los
nacionales de los países arriba citados pueden viajar a Ucrania y
permanecer en su territorio durante el período que no supera 90 días
sin visado (el único documento imprescindible – el
pasaporte en vigor).
Las disposiciones de estos Decretos no se extienden a las personas
de los países arriba reseñados que entran en Ucrania con fines de
residencia permanente, reagrupación familiar, estudios, trabajo así
como con otros fines para el período superior a 90 días.
Los ciudadanos de los países que no están citados arriba necesitan
tramitar el visado para ir a Ucrania
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